ORDENANZAS SOBRE PESTICIDAS
Asunto: Moción para su inclusión en el próximo pleno ordinario del mes de julio de 2004
PROPUESTA DE PUESTA EN MARCHA DE ORDENANZAS MUNICIPALES SOBRE PESTICIDAS Y DE POTENCIACIÓN DE LA AGRICULTURA ECOLÓGICA
Los Verdes proponen al ayuntamiento de Santa Brígida que elabore y apruebe una ordenanza que regule la utilización de pesticidas tóxicos y peligrosos en su término municipal, cuando estos puedan causar daño sobre el medio ambiente o la salud de su población.
Antecedentes
El municipio de Santa Brígida forma parte de la Mancomunidad de Medianías, en cuyos Estatutos fundacionales se establece lo siguiente
ARTÍCULO 4. Son fines de la Mancomunidad los siguientes:
2º. La coordinación y, en su caso, la ejecución de programas, proyectos, estudios y actuaciones tendentes a satisfacer las necesidades sociales, culturales, sanitarias, recreativas y de servicios.
Que entre los objetivos específicos (2.1.) expresados en la Mancomunidad (Objetivo B) se lee:
Facilitar la promoción de los productos agroganaderos de la comarca, favoreciendo su comercialización y fomentando de forma especial la producción ecológica.
La Constitución española estable en su artículo 45 que:
"todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo."
Así mismo en el artículo 51 fija que:
Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos."
Si bien las actividades agrícolas no figuran como actividades
clasificadas, el artículo nº 9 de la Ley 1/1998, de 8 de enero, de
Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades
Clasificadas, establece que:
corresponde a los órganos de gobierno municipales las competencias de aprobar ordenanzas y reglamentos, ejercer las potestades de inspección y comprobación y ejercer la potestad sancionadora entre otras."
La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
establece en su articulo 2 que:
"el Municipio ejercerá, en todo caso, competencias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las materias de Protección del medio ambiente y abastos, mataderos, ferias, mercados y defensa de usuarios y consumidores (entre otras).
La mencionada ley 7/1985, en su artículo
28 permite que:
"los Municipios pueden realizar actividades complementarias a las otras Administraciones Públicas en protección del medio ambiente.
Por lo anteriormente expuesto, esta Concejala presenta al Pleno, para su aprobación, si procede la siguiente:
MOCIÓN
Proponemos la elaboración y posterior aprobación de una ordenanza
municipal que establezca:
1. Medidas de control de la aplicación de pesticidas tóxicos y
peligrosos en zonas próximas a núcleos de población, que
garanticen que la aplicación de pesticidas no cause daños sobre la salud de los ciudadanos ni sobre el medio ambiente. Tendrá que determinarse la distancia mínima entre los cultivos sulfatados y las viviendas, animales domésticos, espacios naturales, etc.
2. Medidas de control sobre los puntos de venta de productos fitosanitarios, para que se cumpla con la legislación vigente, y se compruebe que están debidamente inscritos en el Registro Oficial.
3. Medidas de control de los residuos de pesticidas en los alimentos
comercializados en los mercados municipales, a través de un simple convenio con el Instituto Tecnológico de Canarias que
cuenta con un laboratorio de análisis de residuos.
4. Medidas concretas para potenciar la reconversión de la agricultura local hacia la agricultura integrada y ecológica. Dichas medidas incluirían también la recuperación de las parcelas agrícolas abandonadas para explotarlas con una etiqueta específica de Agricultura Ecológica o Integrada de Medianías; acciones de sensibilización, promoción y apoyo impulsadas desde el Ayuntamiento, aplicando así los objetivos específicos trazados desde la Mancomunidad de Medianías, de la que Santa Brígida forma parte.
En Santa Brígida a 21 de julio de 2004.
Fdo: Doña Amalia Bosch Benítez (Concejala por Los Verdes)
(02513827 L)
PROPUESTA DE PUESTA EN MARCHA DE ORDENANZAS MUNICIPALES SOBRE PESTICIDAS Y DE POTENCIACIÓN DE LA AGRICULTURA ECOLÓGICA
Los Verdes proponen al ayuntamiento de Santa Brígida que elabore y apruebe una ordenanza que regule la utilización de pesticidas tóxicos y peligrosos en su término municipal, cuando estos puedan causar daño sobre el medio ambiente o la salud de su población.
Antecedentes
El municipio de Santa Brígida forma parte de la Mancomunidad de Medianías, en cuyos Estatutos fundacionales se establece lo siguiente
ARTÍCULO 4. Son fines de la Mancomunidad los siguientes:
2º. La coordinación y, en su caso, la ejecución de programas, proyectos, estudios y actuaciones tendentes a satisfacer las necesidades sociales, culturales, sanitarias, recreativas y de servicios.
Que entre los objetivos específicos (2.1.) expresados en la Mancomunidad (Objetivo B) se lee:
Facilitar la promoción de los productos agroganaderos de la comarca, favoreciendo su comercialización y fomentando de forma especial la producción ecológica.
La Constitución española estable en su artículo 45 que:
"todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo."
Así mismo en el artículo 51 fija que:
Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos."
Si bien las actividades agrícolas no figuran como actividades
clasificadas, el artículo nº 9 de la Ley 1/1998, de 8 de enero, de
Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades
Clasificadas, establece que:
corresponde a los órganos de gobierno municipales las competencias de aprobar ordenanzas y reglamentos, ejercer las potestades de inspección y comprobación y ejercer la potestad sancionadora entre otras."
La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
establece en su articulo 2 que:
"el Municipio ejercerá, en todo caso, competencias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las materias de Protección del medio ambiente y abastos, mataderos, ferias, mercados y defensa de usuarios y consumidores (entre otras).
La mencionada ley 7/1985, en su artículo
28 permite que:
"los Municipios pueden realizar actividades complementarias a las otras Administraciones Públicas en protección del medio ambiente.
Por lo anteriormente expuesto, esta Concejala presenta al Pleno, para su aprobación, si procede la siguiente:
MOCIÓN
Proponemos la elaboración y posterior aprobación de una ordenanza
municipal que establezca:
1. Medidas de control de la aplicación de pesticidas tóxicos y
peligrosos en zonas próximas a núcleos de población, que
garanticen que la aplicación de pesticidas no cause daños sobre la salud de los ciudadanos ni sobre el medio ambiente. Tendrá que determinarse la distancia mínima entre los cultivos sulfatados y las viviendas, animales domésticos, espacios naturales, etc.
2. Medidas de control sobre los puntos de venta de productos fitosanitarios, para que se cumpla con la legislación vigente, y se compruebe que están debidamente inscritos en el Registro Oficial.
3. Medidas de control de los residuos de pesticidas en los alimentos
comercializados en los mercados municipales, a través de un simple convenio con el Instituto Tecnológico de Canarias que
cuenta con un laboratorio de análisis de residuos.
4. Medidas concretas para potenciar la reconversión de la agricultura local hacia la agricultura integrada y ecológica. Dichas medidas incluirían también la recuperación de las parcelas agrícolas abandonadas para explotarlas con una etiqueta específica de Agricultura Ecológica o Integrada de Medianías; acciones de sensibilización, promoción y apoyo impulsadas desde el Ayuntamiento, aplicando así los objetivos específicos trazados desde la Mancomunidad de Medianías, de la que Santa Brígida forma parte.
En Santa Brígida a 21 de julio de 2004.
Fdo: Doña Amalia Bosch Benítez (Concejala por Los Verdes)
(02513827 L)
0 comentarios